lunes, 28 de abril de 2008

Hacer un buen testamento: asegurar la continuidad de la empresa familiar

Antonio fundó la constructora en 1965 y desde entonces le ha dedicado su vida. Sólo su hija mayor Carmen continuó su vocación, estudió Ingeniería de Caminos y lleva dirigiendo la empresa desde 1992. Los hermanos menores Ignacio (ginecólogo, con clínica propia en Bogotá) y Sofía (presentadora de televisión) ni conocen ni van a continuar el negocio.

En su patrimonio personal, Antonio sólo cuenta con la casa familiar y algunos recuerdos que heredó de su padre. Además tiene las acciones de la empresa, a cuyo nombre ha ido poniendo también los pisos, el barco, los vehículos y hasta las obras de arte, todo ello por razones fiscales que, al pensar ahora en su sucesión, le dan quebraderos de cabeza.

Antonio daría cualquier cosa por que su querida empresa continuase cuando él fallezca. Su hija ingeniera comparte su pasión, pero el ginecólogo y la presentadora sólo quieren dinero. Antonio está preocupado por si a su fallecimiento se desmembra la empresa. En el testamento ha designado a sus hijos como herederos universales por terceras partes, sin asignación de bienes concretos para cada uno.

Si Antonio no hace nada más, ya pueden ir sus 290 empleados buscando otro trabajo: sus hijos devendrán propietarios del capital por tercios y los dos pequeños empezarán una guerra contra la mayor. Ignacio y Sofía querrán encontrar un comprador para todo o vender a Carmen sus respectivos tercios. Carmen estará en minoría y tendrá que dedicar buena parte de su esfuerzo a luchar (y hasta litigar) con sus hermanos, en lugar de gestionar el negocio. Los competidores verán -felices- cómo los tres hermanos se pelean.

Qué lástima que Antonio no hubiera hecho la partición en su propio testamento al amparo de lo dispuesto en el artículo 1.056 (segundo párrafo) del Código Civil:

“El testador que en atención a la conservación de la empresa o en interés de su familia quiera preservar indivisa una explotación económica o bien mantener el control de una sociedad de capital o grupo de éstas podrá usar de la facultad concedida en este artículo, disponiendo que se pague en metálico su legítima a los demás interesados. A tal efecto, no será necesario que exista metálico suficiente en la herencia para el pago, siendo posible realizar el abono con efectivo extrahereditario y establecer por el testador o por el contador-partidor por él designado aplazamiento, siempre que éste no supere cinco años a contar desde el fallecimiento del testador; podrá ser también de aplicación cualquier otro medio de extinción de las obligaciones. Si no se hubiere establecido la forma de pago, cualquier legitimario podrá exigir su legítima en bienes de la herencia. No será de aplicación a la partición así realizada lo dispuesto en el artículo 843 y en el párrafo primero del artículo 844."

Esta interesante posibilidad se introdujo en la Ley 7/2003, escondida en una disposición adicional. Antonio podía haber hecho un testamento mucho mejor si hubiera atribuido a Carmen, como acto particional, las acciones de la empresa y le hubiera concedido cinco años de tregua para que la propia Carmen fuera pagando sus cuotas hereditarias a sus hermanos, sea con bienes suyos o con otros bienes de la herencia. También podría haber nombrado como albacea-contador-partidor a su abogado de confianza, que no sólo hay que acordarse de Santa Bárbara cuando truena.

El nuevo segundo párrafo del artículo 1.056 del Código Civil es sólo uno de los instrumentos que el derecho pone al servicio de la continuidad de la empresa familiar. Veremos otros en el seminario del Instituto de Empresa que empieza dentro de unos días.

lunes, 21 de abril de 2008

Los protocolos familiares no son un mito

Los protocolos familiares pretenden regular las relaciones empresa-familia-patrimonio para conseguir la supervivencia de la empresa sin depender de los avatares personales de la familia. También se establecen principios y normas encaminados a la gestión del patrimonio empresarial de forma coherente con los objetivos a largo plazo de la familia. Finalmente, se articulan mecanismos para evitar las interferencias indebidas entre cuestiones personales y decisiones empresariales, que tan perjudiciales se demuestran en la práctica diaria.

No hay dos protocolos familiares iguales, aunque todos ellos presentan elementos comunes. Se trata de un documento complejo, con un equilibrio entre cláusulas vinculantes y otras meramente programáticas que dependen del sentir de cada familia empresaria. En él se conjugan aspectos societarios, acuerdos extraestatutarios, capitulaciones matrimoniales y, en la medida en que el Derecho aplicable así lo permita, incluso pactos sucesorios, sean dispositivos, sean particionales. Parte del protocolo familiar acabará reflejándose, normalmente, en modificaciones a los estatutos sociales de la compañía.

El proceso de elaboración de un protocolo familiar requiere la colaboración activa del empresario y de los miembros de su familia que, en cada caso, procedan. El proceso comienza indagando los valores que la familia considera que rigen y que deben regir la empresa, y exige conocer la historia del negocio y las perspectivas profesionales de las personas que lo integran.

Del abogado se espera un papel complejo y multidisciplinar. Debe ser capaz de orientar el proceso sin manipularlo, servir de catalizador y facilitar la consecución del consenso. Necesita conocer en profundidad el Derecho Societario, el Derecho Sucesorio (común o foral, según sea el caso), y el Derecho Tributario.

Varios pactos característicos se refieren a las restricciones a la libre transmisibilidad de las acciones o participaciones sociales, con la intención de regular las obligaciones de permanencia y las oportunidades de salida de los socios. Típicamente se establecen derechos de tanteo por estirpes, así como derechos de arrastre y acompañamiento. En materia de gobierno corporativo, y en paralelo con el Consejo de Administración, suelen crearse órganos de seguimiento de la marcha del negocio, que pueden revestir carácter estatutario en la medida en que cumplan las directrices de la Dirección General de Registros y del Notariado y de la reciente reforma del Reglamento del Registro Mercantil en tal sentido.

Por último, merecen especial atención los mecanismos de resolución de conflictos entre la familia y la empresa, ámbito en el que la mediación y el arbitraje juegan un papel primordial. En la medida en la que se pueda y no se desvelen pactos que hayan de permanecer como confidenciales, todos estos acuerdos deben incorporarse a los estatutos de las correspondientes compañías para asegurar que los terceros están informados y han de respetarlos.

Finalmente, el protocolo familiar puede servir como instrumento de planificación fiscal de la familia y de la empresa, facilitando la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio y, en las Comunidades Autónomas en que todavía subsiste, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Si quieres saber más, el Instituto de Empresa organiza un curso sobre Aspectos Jurídicos y Fiscales de la Empresa Familiar entre el 5 y el 20 de mayo. Pincha aquí para ver el programa

martes, 15 de abril de 2008

Y tu despacho, ¿de qué especie es?

¿Un despacho que hace trabajo estandarizado o una firma “artesanal”? ¿Generalista o especializado? ¿Una boutique o una firma que “dispara a todo lo que se mueve”? ¿Un sweatshop o una empresa que apuesta por su gente? ¿Una marca?

El 8 de abril de 2008 asistí invitada por Iberian Lawyer a un foro de socios de despachos de abogados titulado: “¿A qué desafíos se enfrentan los despachos de abogados en las próximas décadas?”, en el estilosísimo hotel Urban de Madrid. De las muchas ideas valiosas que se vertieron querría destacar la del socio-director de un destacado despacho de los llamados “ingleses”, quien reflexionaba sobre la necesidad de posicionarse. Una firma que pretenda asesorar en financiaciones, titulizaciones, salidas a Bolsa y otros procedimientos más o menos estándar, es muy diferente de un despacho especializado en grandes litigios por siniestros marítimos y muy distinto de una fábrica de due diligences.

Ahora que los alumnos del MAJ preguntan cuál de las ofertas de trabajo aceptar, les recomiendo que sean claros con el entrevistador y describan lo que quieren pasarse haciendo los próximos cinco años de su vida. Que vayan olvidándose de cambiar la estructura a la que se incorporan. Pasarán muchos años antes de que (si lo logran) su impronta se refleje en algunos de sus despachos. Lo normal, si acaban aceptando -por necesidad o por pura marca, que muchos lo hemos hecho- un puesto que no les encaja, será que lo abandonen, desengañados injustamente de una profesión de una variedad si no infinita, bastante amplia.

Además, como la escasez de talento y de ganas acucia a los responsables de selección, puede ocurrir que a los candidatos les cuenten “milongas”. Para eso están los foros, los amigos y los antiguos alumnos. Preguntad y entended bien del perfil de vuestro empleador. Ahora que acabáis esta etapa fundamental de vuestra formación, no cualquier sitio vale para cualquier candidato.

Dicho lo anterior, para un recién graduado, cualquier trabajo es mejor que ningún trabajo. Si vais a tener que estar mal acompañados en lugar de solos, ánimo y ¡a seguir buscando!

domingo, 6 de abril de 2008

Finding the right partner

One of my postgraduate pupils made a question in class which I found most difficult to reply to. He was trying to engage a new partner and investor in his software development project. While he badly needed the financing, he was afraid to lose his majority position and be displaced from his leading role. He said that such potential injection of cash would enable the company to reach its goals within a much shorter period of time but he did not want to share his success. To complicate things, the new investor was as wealthy as hardly trustworthy. I told him the “Fable of the Dressmaker”, of my own invention. Here it goes:

When you need a tailor-made dress for a society wedding, you select the piece of fabric (la tela), the dressmaker (sastre o modista) and the pattern (el patrón). Then come a number of fitting sessions (pruebas) and you end up with the dress of your dreams (or not). In the whole process, a number of mistakes can be made, both by the client and by the dressmaker:

1. You didn’t pick the right dressmaker. You wanted a shocking dress and he/she is a reputed judge’s gown (toga) maker. Well, you can still take your beautiful piece of fabric to another dressmaker. Or become a judge!

2. What a pity you didn’t select the right pattern to fit your figure. It makes you look horrible. However, with such a wonderful piece of fabric, you can still make yourself a scarf, a headband or even a shopping bag!

3. The dressmaker is creative, but not to attentive during the lengthy fitting sessions. Well, you can always find a less famous dressmaker for that part of the work.

4. The fabric is not nice. You do not actually like the colour or the weave and it feels rough.

Number four is the sole mistake that is impossible to solve. When you pick the wrong cloth, nothing can be done. Whatever you do, the end product will always look horrible.

Now let’s translate the Fable of the Dressmaker into the corporate world. The dressmaker is obviously the lawyer, the pattern is the business, the fitting is the negotiation and the cloth …. of course the cloth is your partner.

Following the Fable of the Dressmaker, I will now list the a number of potential mistakes which an entrepreneur can make when admitting new partners:

1. You didn’t pick the right lawyer. In the legal profession there are rainmakers as well as worker ants; litigators as opposed to negotiators; hunters and farmers. When you needed a cutting-edge contract lawyer, sadly you engaged a testament specialist. Fire that lawyer (ensure to pay him/her first!) and find the one next door.

2. You just realised that it was not a good idea to open an oil well in downtown Madrid. Whose idea was that anyway? Why doesn’t the oil pumping company file for bankruptcy? Instead, our new company will set up a drycleaners’ near a working oil well. Let’s just start a new business together with all the experience that we have gained.

3. You thought you needed a letter of intent, not much more than a gentlemen agreement, whereas in fact you can’t do without full protection and thirty pages of clauses with all the flanks covered. Come on! Keep working and whip your lawyer for harder work. A number of additional hours will make it.

4. Your partners are wealthy and they impress you. However, they continue to cheat you from day one. You saw it coming when they kept reopening points in the negotiation. They would not concede reasonable things. They play hardball and you are afraid that you will end up choking.

There is no solution for a wrong partner. No lawyer, contract or business can amend that. The sooner you get rid of the wrong partner, the better. If there are serious objections during courtship, things will not improve with time. Take your idea and run.

Unfortunately some people prefer to turn a blind eye during the negotiation period and trust that their attorney will fix it. A dressmaker cannot make up for an ugly piece of fabric. The best lawyers, the most successful business and the perfect contract cannot make up for an untrustworty partner.